#Viajandoporlahistoria: la doctrina de la situación irregular


A inicios del siglo XX (entre 1910 y 1930), comenzaron a propagarse en Chile ideas que fomentaban los derechos de la infancia. La adversa realidad de la niñez en el país, sumado al cuestionamiento a las medidas asistencialistas y punitivas de un nuevo tipo de filántropos modernos y profesionales, generaron los primeros acercamientos hacia el cambio de paradigma. 


“La beneficencia, reclamaban los nuevos ‘científicos de la infancia’, recogía en su seno no sólo a aquellos niños huérfanos y vagabundos sino que también a aquellos ‘viciosos y delincuentes avezados’, sin contar para ello con modelos de tratamiento, orientación ni objetivos concretos de corrección de las personalidades” (Farías, 2002: 193).

El discurso que comenzó a circular entonces, buscaba la normalización del niño, su corrección y reforma, a través de un modelo médico, un desarrollo profesional y un ideal de rehabilitación. Eran los primeros intentos por generar una política que buscara soluciones a la situación de la niñez vulnerable. Sin embargo, el énfasis continuaba estando en la disciplina, a través de reformatorios, pero con un objetivo o ideal a seguir: pasar del castigo a la protección. 

Desde los planteamientos de Foucault, lo que se buscaba era integrar a la sociedad a aquellos niños/as que en la calle eran “desviados sociales”. Se esperaba que fueran parte del orden social vigente, que siguieran sus normas, y para eso se aplicaba la disciplina. En los internados los menores de edad además eran constantemente vigilados y observados. El objetivo: que se convirtieran en sujetos útiles para la sociedad. Para esto se comienza a acumular toda la información y conocimiento sobre ellos, transformándose en objetos de saber.

“Las instituciones disciplinarías han secretado una maquinaria de control que ha funcionado como un microscopio de la conducta; las divisiones tenues y analíticas que han realizado han llegado a formar, en torno de los hombres, un aparato de observación, de registro y de encauzamiento de la conducta", dice Foucault (2002:106). 

Las técnicas de observación, clasificación y evaluación individual permitieron la creación de una categoría al interior del concepto de infancia, que determinó la construcción de un sujeto específico de normalización: aquellos que no requieren corrección y aquellos que sí la ameritan por su situación de irregularidad. La diferenciación de la infancia en estas dos categorías se contrapone a los planteamientos reformistas pro-derechos que proponen un único concepto: el/la niño/a como sujeto de derechos. 

En este mismo período surge como nuevo método de normalización, la instrucción primaria obligatoria. La educación formal se convierte en un centro de socialización y disciplina para la niñez. El modelo autoritario de las escuelas era el nuevo espacio de pérdida de libertad, donde las reglas e imposiciones de los adultos –esta vez los profesores- limitaban el desarrollo de los niños/as. 

Por otro lado, la dictación de leyes de menores en distintos países de Latinoamérica incentivó a las autoridades y a los nuevos reformadores a crear una política pública de infancia en Chile. 

Es así como se promulgan las leyes de menores, en 1928 y 1967. La segunda es la que actualmente se encuentra vigente en el país, con algunas modificaciones y que espera ser derogada con el ingreso de una Ley de Protección Integral de Derechos. 

La legislación que se impulsó no debía procurar el castigo del niño, sino un sistema preventivo de protección, con tribunales de justicia especiales para menores de edad. El juez de menores, entonces, se transformó en una especie de médico-terapeuta que sanciona desde la situación irregular del menor, imponiendo medidas correctivas que buscan su readaptación y reinserción social. Foucault diría que el oficio de castigar se convierte así en el hermoso oficio de curar. 

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